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Tabasco

Con cupo lleno

La Secretaría de Movilidad acuerda el regreso del transporte público al 100% de su capacidad, pero con el uso de cubrebocas es obligatorio.

Rolando Díaz Cruz

En apego a las medidas establecidas en el estado con motivo de la disminución de la pandemia de COVID-19, a partir de este lunes todas las unidades de transporte público podrán operar al 100% de su capacidad permitida, aunque todos los usuarios y choferes deberán cumplir con el uso obligatorio de cubrebocas, así lo determinó la Secretaría de Movilidad de Tabasco al emitir el acuerdo correspondiente.
Dicho documento señala que se involucran a todas las modalidades del transporte que gocen de una concesión o permiso, a las que además conminó a brindar el servicio todos los días de la semana, esto es, de lunes a domingo, en horario de 5 de la mañana a 10 de la noche.
La dependencia dejó claro que el uso correcto de cubrebocas para todos los choferes, así como para todos los usuarios del servicio en todas sus modalidades, “sigue siendo estrictamente obligatorio”.
“Ninguna persona (usuario, conductor o chofer) podrá abordar o permanecer al interior de las unidades de transporte público, cualquiera que sea su modalidad, sin el uso correcto del cubrebocas, siendo responsabilidad del conductor y/o chofer que los usuarios porten de manera correcta y adecuada el cubre bocas durante todo el trayecto”, precisó.
Como parte de las medidas de prevención, la dependencia ordenó que las unidades que se encuentren prestando el servicio en todas las modalidades del transporte público, deberán contar con un contenedor de gel antibacterial al 70% de alcohol, con la cantidad necesaria para el número de pasajeros que transporte.
Para las unidades de transporte mixto (motocarros), se emitieron las siguientes disposiciones específicas: 1) motocarro de tres ruedas: no podrá prestar el servicio a más de dos personas a la vez (chofer y 2 pasajeros); y 2) motocarro de cuatro ruedas, no podrá prestar el servicio a más de tres personas a la vez (conductor, y 3 pasajeros).
En cuanto a las unidades de transporte público de pasajeros individual (taxi especial, taxi plus o RadioTaxi, taxi rosa, y suburbanos), estos –estableció– podrán prestar el servicio conforme al horario, jurisdicción y capacidad que señale la concesión o permiso respectivo.

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