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Política

Deudores alimentarios ya no podrán realizar trámites ni salir del país

El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 84 votos a favor, la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, el cual será de carácter público y comprenderá diversas limitantes para las personas registradas.

Los senadores hicieron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para crear así el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias que presione a los tutores a cumplir con la pensión de sus hijos abandonados, esto, a partir de una deuda de 90 días.

Esto pretende garantizar que personas deudoras de manutención cumplan con sus obligaciones y menores de edad puedan gozar de la pensión alimenticia.

La minuta fue aprobada por la Cámara de Diputados y enviada al Senado desde 2019; sin embargo, quedó congelada por cuatro años hasta que la senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, la rescató.

De acuerdo con la reforma, las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación de certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para procedimientos y tramitaciones.

Entre otros cosas, se negará a los deudores la obtención de licencias y permisos para conducir, pasaporte o documento de identidad y viaje; para participar como candidatos a cargos concejiles y de elección popular, así como participar en procesos de selección para asumir el cargo de juez o magistrado en el ámbito local y federal.

El dictamen menciona que por primera vez en la historia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la prohibición para que los deudores alimentarios morosos puedan postularse a cargos de elección popular en el estado de Yucatán, mejor conocida como “Ley Sabina”, restricción la cual determinó la Corte que “no es absoluta”, sino que “su actualización está condicionada a que el deudor alimentario moroso cancele la deuda”.

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